Monotributo Unificado Córdoba fusiona el cobro de las obligaciones de AFIP, Provincia y Municipio que pagan los monotributistas cordobeses. Las localidades que cobren la Tasa Comercio – Industria pueden adherirse da tal forma que aquellos inscriptos en esa ciudad o comuna puedan abonar en una sola acción las cargas sociales (AFIP), Ingresos Brutos (Provincial) y la tasa municipal.
El fin último es la simplificación. Aspira a que el ciudadano pueda agilizar el trámite. Para ellos, el municipio o comuna debe firmar y/o entregar el convenio correspondiente, entregar la ordenanza, las notas, el anexo y el nomenclador.
Modelos de documentos de adhesión para descargar
Preguntas frecuentes
El municipio y/o comuna deberá celebrar el Convenio Marco de Colaboración con el Ministerio de Finanzas. Con el objeto de establecer mecanismos, proyectos, programas y/o acciones en beneficio común, tendientes a optimizar la administración, liquidación y/o recaudación de obligaciones tributarias que componen los recursos de la jurisdicción municipal.
El padrón de pequeños contribuyentes que utilizará “El Ministerio” para la liquidación y/o recaudación del importe fijo será aquel que le sea suministrado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). A tales fines, tomará como domicilio para asignar y/o distribuir el importe recaudado, el denunciado por el contribuyente ante el mencionado organismo nacional. Cualquier cambio, adecuación y/o modificación del mismo deberá ser tramitado por el contribuyente ante la AFIP para la procedencia de la liquidación y/o recaudación del referido importe fijo.
El convenio entra en vigencia al mes subsiguiente al cual se hubiera presentado la totalidad de la documentación solicitada. Comprendiendo así, tanto la firma del convenio como las ordenanzas modificadas y aprobadas.
Para el ingreso al Portal de Gestión, el municipio y/o comuna deberá ingresar al siguiente link:
https://municipios.rentascordoba.gob.ar/ con el usuario y clave de acceso.
Desde la Plataforma TDA se puede acceder a la vista de la distribución de fondos por municipio/comuna.
En el módulo de Recaudación, y en la selección de Monotributo, se accederá a la información correspondiente tanto a fecha de pago como a los importes efectivamente distribuidos, con opción de descarga según selección y alcance definido por el usuario.
El alta del componente municipal corresponderá de acuerdo al Domicilio Fiscal declarado por el contribuyente en AFIP, de manera directa y sin necesidad que el municipio o contribuyentes envíen novedades. De no poseer el mismo igual al Municipio, no podrá gestionarse. El tratamiento fiscal posterior, será el mismo que en la provincia.
Cuando el monotributista modifique su domicilio fiscal hacia otra jurisdicción municipal o comunal de la Provincia de Córdoba, corresponderá el impacto de la novedad y alta como contribuyentes del nuevo municipio y/o Comuna, siempre que este último hubiera celebrado con la provincia de Córdoba Convenio de Colaboración para la recaudación de dicha contribución.
El tratamiento fiscal del contribuyente será el mismo que en la Provincia. Es decir, se aplicará la legislación provincial a los contribuyentes que quedan bajo el Régimen, si está exento en la provincia también lo estará en el municipio.
Ante la adhesión al Convenio de Cobro Unificado de Monotributo, el Municipio tendrá la posibilidad de confirmar por medio de Institucional Finanzas, la adhesión a la exención en el componente municipal para aquellos contribuyentes que registren como única actividad “681099 servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia, con bienes rurales propios o arrendados no clasificados en otra parte”. Se les otorgará tratamiento fiscal municipal exento.
Así mismo, podrán solicitar exención sobre el componente municipal, ante situaciones en la que se registre además de la actividad 681099 registro en actividades que por su objeto resultan alcanzadas por otras exenciones: por ejemplo, actividad profesional.