Monotributo Unificado Córdoba

El Régimen de Monotributo Unificado fusiona el cobro de las obligaciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), de la provincia y del municipio que abonan los contribuyentes.

Las localidades pueden adherirse de tal forma que aquellos inscriptos en ese municipio o comuna puedan abonar en un solo pago el componente impositivo nacional, obra social y jubilación (AFIP), el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Provincial) y la Tasa de Comercio e Industria. El objetivo de este régimen apunta a la simplificación, aspirando a que el ciudadano pueda agilizar sus trámites y realizar el pago del impuesto en solo acto.

La Dirección General de Rentas actúa como ente recaudador y transfiere lo recaudado al municipio o comuna. Para ello, el municipio o comuna debe firmar y/o entregar el convenio correspondiente, la ordenanza, las notas, el anexo y el nomenclador.

Solicitá los modelos de convenio, la ordenanza, las notas y adendas al maiI InstitucionalEconomiayGestionPublica@cba.gov.ar


Preguntas frecuentes

Adhesión

El municipio y/o comuna deberá celebrar el Convenio Marco de Colaboración con el Ministerio de Economía y Gestión Pública. Este convenio tiene el objeto de establecer mecanismos, proyectos, programas y/o acciones en beneficio común, tendientes a optimizar la administración, liquidación y/o recaudación de obligaciones tributarias que componen los recursos de la jurisdicción municipal.

El padrón de pequeños contribuyentes que utilizará “El Ministerio” para la liquidación y/o recaudación del importe fijo será aquel que le sea suministrado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). A tales fines, para asignar y/o distribuir el importe recaudado tomará como domicilio aquel denunciado por el contribuyente ante el mencionado organismo nacional. Cualquier cambio, adecuación y/o modificación del mismo deberá ser tramitado por el contribuyente ante la AFIP para la procedencia de la liquidación y/o recaudación del referido importe fijo.

El convenio entra en vigencia al mes subsiguiente al cual se hubiera presentado la totalidad de la documentación solicitada. Comprendiendo así: la firma del convenio y las ordenanzas modificadas y aprobadas.
Acceso y visualización

Para el ingreso al Portal de Gestión, el municipio y/o comuna deberá solicitar el alta a través del siguiente correo: gestiondemunicipios@cba.gov.ar

En el módulo "Recaudación" y en la selección "Monotributo" se accederá a la información correspondiente, tanto a fecha de pago como a los importes efectivamente distribuidos, con opción de descarga según selección y alcance definido por el usuario.
Implementación

El alta del componente municipal corresponderá de acuerdo al Domicilio Fiscal declarado por el contribuyente en AFIP, de manera directa y sin necesidad que el municipio o los contribuyentes envíen novedades. De no poseer el mismo igual al Municipio, no podrá gestionarse. El tratamiento fiscal posterior, será el mismo que en la provincia.

Cuando el monotributista modifique su domicilio fiscal hacia otra jurisdicción municipal o comunal de la Provincia de Córdoba, corresponderá el impacto de la novedad y alta como contribuyentes del nuevo municipio y/o comuna, siempre que este último hubiera celebrado el Convenio de Colaboración con la provincia de Córdoba para la recaudación de dicha contribución.

El tratamiento fiscal del contribuyente será el mismo que en la Provincia. Es decir, se aplicará la legislación provincial a los contribuyentes que quedan bajo el régimen: si está exento en la provincia también lo estará en el municipio.

Ante la adhesión al Convenio de Cobro Unificado de Monotributo, el municipio tendrá la posibilidad de confirmar por medio del Ministerio de Economía y Gestión Pública, la adhesión a la exención en el componente municipal para aquellos contribuyentes que registren como única actividad: “681099 servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia, con bienes rurales propios o arrendados no clasificados en otra parte”. Se les otorgará tratamiento fiscal municipal exento.  Asimismo, podrán solicitar exención sobre el componente municipal ante situaciones en las que se registre, además de la actividad 681099, un registro en actividades que, por su objeto, resultan alcanzadas por otras exenciones: por ejemplo, actividad profesional.